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La Facturación Electrónica en Línea en Bolivia vive tiempos de adaptación y cambio, ya que el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN)¸ máxima entidad tributaria del país, ha tomado la determinación de realizar algunos ajustes e incluir nuevas faltas y sanciones que se incluyen en el listado de Deberes Formales.
Específicamente, este 29 de diciembre pasado, el órgano estatal difundió la Resolución Normativa de Directorio N°102100000030, “Modificaciones e Incorporaciones a la RND Nº 10-0033-16 Clasificación de Sanciones por Incumplimiento a Deberes Formales”. En esta nueva norma, el SIN modificó e incorporó nuevos ítems en dicha lista.
Entre otros aspectos, en el artículo 3, la nueva RND sumó los siguientes subnumerales al Anexo I del Régimen General de la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0033-16 de 25 de noviembre de 2016:
ANEXO I | ||||
RÉGIMEN GENERAL | ||||
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL | IMPORTE DE LA SANCIÓN | |||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS | PERSONAS JURÍDICAS | |||
10. RELACIONADOS CON EL REGISTRO DE FACTURAS, NOTAS FISCALES O DOCUMENTOS EQUIVALENTES | ||||
7.17 | No poner a disposición del comprador el archivo XML y la Representación Gráfica del Documento Digital, a través de correo electrónico u otros medios electrónicos, conforme normativa vigente. (Esta multa por IDF se aplicará en los casos en que el comprador reporte este hecho a la Administración Tributaria). | 50 UFV | 50 UFV | |
7.18 | No entregar la Representación Gráfica impresa del Documento Digital al comprador cuando éste lo solicite. (Esta multa por IDF se aplicará en los casos en que el comprador reporte este hecho a la Administración Tributaria). | 50 UFV | 50 UFV | |
7.19 | No Presentar los Documentos Fiscales no recogidos cuando corresponda (Imprenta Autorizada), conforme normativa vigente. | 70 UFV | 70 UFV | |
7.20 | Presentar los Documentos Fiscales no recogidos cuando corresponda (Imprenta Autorizada), fuera del plazo establecido en normativa vigente | 50 UFV | 50 UFV | |
7.21 | No registrar los Documentos Fiscales inutilizados conforme normativa vigente. | 70 UFV | 70 UFV | |
7.22 | Registrar los Documentos Fiscales inutilizados fuera del plazo establecido en normativa vigente. | 50 UFV | 50 UFV |
Además, también añadió el Numeral 10 a dicho anexo:
ANEXO I | ||||
RÉGIMEN GENERAL | ||||
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL | IMPORTE DE LA SANCIÓN | |||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS | PERSONAS JURÍDICAS | |||
10. RELACIONADOS CON EL REGISTRO DE FACTURAS, NOTAS FISCALES O DOCUMENTOS EQUIVALENTES | ||||
10.1 | No realizar el registro y/o confirmación de la información consignada en los Documentos Fiscales de compra y venta en el “Registro de Compras y Ventas” por periodo fiscal, conforme normativa específica. | 300 UFV Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente registra y/o confirma la información hasta los 20 días siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador. | 600 UFV se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente registra y/o confirma la información hasta los 20 días siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador. | |
10.2 | Realizar el registro y/o confirmación de la información consignada en los Documentos Fiscales de compra y venta en el Registro de Compras y Ventas fuera de plazo, por periodo fiscal, conforme normativa específica. | 100 UFV | 200 UFV | |
10.3 | Modificar el Registro de Compras y Ventas fuera de plazo, por periodo fiscal, conforme normativa específica. | 50 UFV | 100 UFV |
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Escrito por Pablo Ortiz.