Tener la información correcta en materia impositiva siempre es útil, porque nos permitirá evitar incurrir en faltas por desconocimiento, claro, pero también porque nos posibilitará acogernos a todos los beneficios que el sistema nos ofrezca y podamos estar desperdiciando por ignorarlos.
En este blog solemos hablar de temas relacionados con estos aspectos, y, por ejemplo, en una de nuestras notas anteriores, te contábamos qué es la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), ese organismo encargado de regular el sistema impositivo en Guatemala.
En esta oportunidad, queremos hablar de los requisitos para solicitar el Número de Identificación Tributaria (NIT). Para ponerlo de manera sencilla, hay dos posibles grupos que pueden inscribirse al NIT, las personas individuales, y las personas jurídicas. En ambos casos, los requerimientos son explicados por la misma SAT en su website:
“Requisitos para inscripción persona individual que debes considerar antes de iniciar:
- Correo electrónico personal que se asociará a la Agencia Virtual.
- Documento Personal de Identificación (DPI) o Pasaporte vigente, en caso de ser extranjero.
Requisitos para inscripción persona jurídica que debes considerar antes de iniciar:
- Correo electrónico de empresa que se asociará a la Agencia Virtual.
- Documento Personal de Identificación (DPI) o Pasaporte vigente, en caso de ser extranjero, del representante legal.
- Documento de constitución de empresa y nombramiento del representante legal.
- Previamente, el representante legal debe tener NIT y datos actualizados con impresión dactilar y fotografía.
- Factura de agua, luz o teléfono en caso de registrar o modificar la dirección de tu negocio.
Como vemos, los requisitos no representan mayor inconveniente y son los papeles mínimos que se espera en este tipo de trámite. ¡GuruSoft siempre te informa sobre los temas más importantes!
Por Pablo Ortiz.