El periodo de voluntariedad de facturación electrónica inicia en Paraguay

El periodo de voluntariedad de facturación electrónica inicia en Paraguay

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La digitalización avanza a un ritmo totalmente vertiginoso, tanto así que lo que antes era llamado “vanguardista”, luego de unos meses queda obsoleto. Pasó con las máquinas de escribir versus las computadoras y con los feature phone contra los smartphones. La innovación puede ser sujeta a resistencia, como todo cambio que ha habido a lo largo de la historia, pero no puede detenerse.

En ese contexto, en una nota anterior, te comentamos sobre la continuidad de la segunda etapa de implementación del Sistema Integrado de la Facturación Electrónica Nacional (SIFEN) en Paraguay. Sin duda este es un salto de calidad extraordinario para el sistema impositivo de dicho país, modernizando los diversos mecanismos que conforman un ecosistema tributario.

Recientemente, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) anunció que, desde el 1 de abril del 2022, aquellos contribuyentes que deseen adherirse de forma voluntaria como emisores de facturas electrónicas “ekuatia”, pueden realizarlo sin ningún inconveniente, ingresando su solicitud a través del Sistema Marangatu.

¿Cuáles son los requisitos indispensables para ingresar a esta modalidad?

  • Software desarrollado para integración al SIFEN.
  • Certificado de Firma Digital.

Para aclarar el tema de forma muy puntualizada, la SET difundió una guía titulada “Solicitud y Habilitación de Facturadores Electrónicos”. Esta ruta es muy importante para aquellos contribuyentes que deseen realizar el proceso de Habilitación como Facturador Electrónico.

Te contaremos a continuación varios puntos importantes de este documento:

  1. ¿Qué ocurre una vez que el contribuyente esté habilitado para facturar electrónicamente?
  2. Emitir su primer documento tributario dentro del plazo de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de su habilitación como facturador electrónico.
  3. Emitir de forma electrónica todos sus documentos tributarios en el plazo de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de emisión de su primer documento tributario electrónico, siempre y cuando no sea designado por la SET a emitir dichos documentos en un plazo menor.
  4. ¿El contribuyente debe emitir todos los documentos tributarios?

Los individualizados en los grupos del 1 al 10, deben emitir todos los documentos tributarios de forma electrónica, excepto el Comprobante de Retención virtual.

  1. ¿Qué fechas inician la voluntariedad y obligatoriedad?

Estos son los grupos definidos por la SET, junto con la fecha estipulada para iniciar su obligatoriedad:

GruposFecha de inicio de obligatoriedad
1. Plan Piloto01 de julio de 2022
2. Adhesión voluntaria01 de julio de 2022
3. Obligatoriedad02 de enero de 2023
4. Obligatoriedad03 de abril de 2023
5. Obligatoriedad03 de julio de 2023
6. Obligatoriedad02 de octubre de 2023
7. Obligatoriedad02 de enero de 2024
8. Obligatoriedad01 de abril de 2024
9. Obligatoriedad01 de julio de 2024
10. Obligatoriedad01 de octubre de 2024

 

Si deseas verificar la guía completa, da click aquí.

En próximas notas te iremos comentado de temáticas similares que te ayudarán a estar al tanto de cómo avanzará este proceso en el país. Te invitamos a leernos en blogs anteriores también, en los que te contamos sobre el KuDE dentro de la facturación electrónica y cómo puedo inscribir mi RUC en Paraguay.

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Escrito por Alex Morán N.

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