¿Cómo facturo electrónicamente en Bolivia si me quedo sin internet?

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La Facturación Electrónica ha ganado muchísimo terreno en todo el mundo y Bolivia no es la excepción. El país actualmente el país se encuentra inmerso en una etapa de voluntariedad respecto a este sistema, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

Lógicamente, como es de esperarse al tratarse de una herramienta nueva para la mayoría de los contribuyentes, hay algunas dudas que suelen replicarse entre los usuarios. En el artículo ABC de la Facturación Electrónica en Bolivia puedes revisar también más información sobre esta herramienta.

Además de estas preguntas frecuentes, hay otra que se repite y es, tal vez, el interrogante más grande que hay en torno a este sistema: ¿qué sucede si me quedo sin internet?, ¿puedo seguir facturando o debo dejar de trabajar hasta que el sistema se reestablezca?

Es entendible que esta pregunta cause temor entre los comerciantes y emprendedores, ya que, como todos sabemos, cada transacción que no se hace es un daño importante para las cuentas, y un posible impedimento de emitir comprobantes por algo tan factible como un corte de internet, un recurso que se ha tornado indispensable para cada negocio.

Vamos a contestar esta duda sin rodeos: de ninguna manera se va a dejar de facturar electrónicamente porque se corte el internet. Para explicarlo, hay que tener en cuenta algunas cuestiones que deben definirse. En el Sistema Integral de Administración Tributaria (SIAT) de Bolivia se habla de dos ítems: Eventos significativos y Contingencias.

Los eventos significativos serían todas las situaciones ajenas al sistema de facturación que pueden afectar la emisión de comprobantes. Mientras que las contingencias serían las acciones a llevar a cabo en dichos escenarios, en pro de poder seguir facturando.

En el caso del corte del servicio de internet, la manera de actuar es la siguiente, según figura en el website del SIAT: “Emisión de Facturas Digitales Fuera de Línea, con el CUFD vigente hasta antes de sucedido el evento significativo, conforme lo establecido en la Resolución vigente”.

Queda claro, de esta manera, que no habrá ningún impedimento para seguir desarrollando la actividad si se llegara a cortar el internet. Por lo que las ventas o transacciones podrán seguir llevándose a cabo sin ninguna dificultad.

Escrito por Pablo Ortiz.

 

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