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En esta era digital, donde la información es un activo valioso, ¿has considerado la importancia de proteger los datos de su empresa?
Con el aumento de las amenazas cibernéticas y nuestra creciente dependencia de las plataformas en línea, la seguridad de la información se ha vuelto una prioridad crucial para las organizaciones en todo el mundo.
La protección de datos es vital para individuos, empresas y entidades gubernamentales. Esto implica la adopción de medidas y estrategias robustas para resguardar la información sensible contra ataques cibernéticos o filtraciones que podrían resultar en accesos no autorizados, robo o manipulación de datos.
La firma electrónica y sus diversos estándares están sujetos a regulaciones nacionales e internacionales que definen sus especificaciones técnicas y su uso.
La autenticación de documentos puede realizarse de forma remota, asegurando la protección de la información en cada etapa del proceso.
Existen plataformas que utilizan un modelo matemático basado en claves criptográficas para autenticar documentos digitales, garantizando un alto nivel de seguridad. Además, permiten verificar la fecha, hora y la identidad del firmante responsable.
Implementación de la firma en la Facturación Electrónica panameña
En el contexto de esta tecnología, que es la evolución de la factura tradicional, la firma electrónica se trata de un documento digital que certifica y respalda transacciones comerciales de bienes y/o servicios.
Estas facturas se emiten a través de sistemas electrónicos y proporcionan validez tributaria a las operaciones realizadas.
Su autenticidad se garantiza mediante una firma electrónica, y su contenido no puede ser rechazado. La factura electrónica es validada por un Proveedor de Autorización Calificado (PAC) y tiene valor ejecutivo.
Según la normativa panameña, esta firma electrónica asegura que el documento tenga validez probatoria en cualquier proceso legal.
En Panamá, la firma electrónica ha sido reconocida legalmente desde hace más de una década, a través de la Ley 51 del 22 de julio de 2008. Esta legislación regula los documentos electrónicos, las firmas digitales y los servicios relacionados con el almacenamiento y certificación de documentos digitales.
En 2023, se implementaron importantes modificaciones a esta ley, con un enfoque especial en mejorar la seguridad de las transacciones digitales.
Estos cambios buscan fomentar un uso más amplio de la firma electrónica, aumentar la confianza en su aplicación y optimizar los procesos comerciales. Además, pretenden fortalecer la posición de Panamá en el panorama digital global.
Si se opta por utilizar un proveedor para gestionar facturas electrónicas, este puede emplear un certificado para transmitir facturas, siempre que esté afiliado al Sistema de Facturación
Para iniciar el proceso de obtención de la firma electrónica, es necesario completar la Solicitud de Apoderado para Retiro de Firma Electrónica (FEP) a través de la plataforma e-Tax 2.0.
La Dirección General de Ingresos (DGI), establece los siguientes requisitos:
Para personas jurídicas
- Registro en e-Tax 2.0: la entidad jurídica debe estar inscrita en el sistema e-Tax 2.0 de la DGI.
- Constancia de inscripción: se debe presentar un comprobante de inscripción de la persona natural autorizada para solicitar el certificado electrónico, además de llenar la Solicitud de Apoderado para Retiro de Firma Electrónica.
- Identificación: la persona natural autorizada debe presentar su documento de identidad personal (para nacionales) o pasaporte (para extranjeros).
- Estatus migratorio: si el solicitante es extranjero no registrado en el Tribunal Electoral, deberá presentar una certificación de estatus migratorio (para residentes) o de movimiento migratorio (para no residentes) emitida por el Servicio Nacional de Migración.
- Certificado del Registro Público: es necesario proporcionar un certificado del Registro Público que detalle la información de la empresa.
- Correo electrónico: se debe proporcionar una dirección de correo electrónico válida.
- Comprobante de pago: es necesario presentar un comprobante de pago por B/. 50.00.
Para personas naturales
- Identificación: los ciudadanos panameños deben mostrar su cédula de identidad personal. Los extranjeros deben presentar su pasaporte junto con documentos adicionales requeridos.
- Estatus migratorio: los extranjeros no registrados en el Tribunal Electoral deben proporcionar una certificación de su estatus migratorio (para residentes) o de sus movimientos migratorios (para no residentes), emitida por el Servicio Nacional de Migración.
- Registro tributario: es necesario presentar un comprobante de inscripción como contribuyente ante la DGI. Puede verificarse la inscripción en el sistema e-Tax 2.0 mediante la consulta pública del RUC Activos.
- Contacto: se debe proporcionar una dirección de correo electrónico válida para comunicaciones oficiales.
- Pago: hay que adjuntar un comprobante de pago por B/. 50.00, en el caso de que se haga mediante la DGI.
Categorías de firmas electrónicas
Las firmas electrónicas se clasifican según sus características y niveles de seguridad:
Firma electrónica básica
Esta es una técnica sencilla para identificar a una persona y confirmar su aprobación de un documento digital. Algunos ejemplos comunes son:
- Autenticación con usuario y contraseña.
- Firma digital con lápiz electrónico o dedo en dispositivos móviles.
- Aceptación de términos marcando una casilla en un formulario en línea.
Firma electrónica avanzada
Esta es una solución tecnológica más robusta que garantiza la validez legal de documentos y transacciones electrónicas. Sus principales características son:
- Respaldo por un certificado electrónico calificado que verifica la identidad del firmante
- Vinculación única entre el firmante y el documento firmado
- Uso de dispositivos seguros y servicios de certificación confiables
Una firma electrónica se integra bien en un buen software de Facturación Electrónica
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Escrito por: Catalina Hurtado