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Nueva prórroga del SIN para la homologación de productos en Facturación Electrónica

El SIN amplió el plazo para productos vinculados a las actividades económicas registradas en el RNC. Aquí te contamos todos los detalles

Tiempo de lectura: 3 minutos ⌚

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió la Resolución Normativa de Directorio Nº 102500000042 R-0011-01, el pasado 22 de octubre de 2025, mediante la cual se prorroga el plazo para la homologación de productos en los sistemas de facturación con las actividades económicas registradas en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

Esta medida responde a las solicitudes de los mismos contribuyentes que pidieron una ampliación del plazo establecido en la Disposición Transitoria Única de la RND Nº 102500000018 de 22 de abril de 2025, debido al proceso de adecuación técnica y administrativa que implica esta homologación.

¿Cuál es el nuevo plazo establecido?

El Artículo Único de la resolución dispone que el plazo para cumplir con la homologación de productos se amplía hasta el 27 de febrero de 2026.

Esto otorga cuatro meses adicionales a los contribuyentes para adecuar sus sistemas de facturación conforme a las actividades económicas registradas en el RNC.

¿A quiénes aplica esta prórroga?

La prórroga está dirigida expresamente a los Sujetos Pasivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), quienes deben cumplir con la homologación de productos.

De manera indirecta, esta disposición también impacta a los equipos contables y a las empresas proveedoras de software de facturación, que deberán ajustar los sistemas técnicos para garantizar el cumplimiento de las nuevas exigencias del SIN.

¿Qué es la homologación de productos?

La homologación de productos y servicios es el proceso mediante el cual el contribuyente vincula los ítems de su sistema de facturación (productos, servicios o códigos internos) con los códigos genéricos definidos por el SIN en su Catálogo de Productos y Servicios. Esto permite que:

  • Los documentos fiscales electrónicos (facturas, notas de crédito/débito) se emitan de manera estandarizada y verificable.
  • Las actividades económicas registradas en el RNC se correspondan correctamente con lo que el contribuyente vende o presta.
  • El SIN pueda consolidar información tributaria uniforme y precisa en todo el país.

En otras palabras, la homologación garantiza que los productos facturados coincidan con las actividades económicas declaradas, requisito esencial para mantener la autorización de emisión de Documentos Fiscales Electrónicos.

Recomendaciones para los contribuyentes

Para cumplir con la disposición y aprovechar el nuevo plazo, se recomienda:

  1. Revisar las actividades económicas registradas en el RNC.
  2. Realizar la actualización pertinente antes del 27 de febrero de 2026.
  3. Coordinar con el proveedor de software o el área contable para asegurar la correcta homologación.
  4. Consultar las publicaciones oficiales del SIN para mantenerse al día con cualquier modificación o instrucción adicional.

La resolución normativa refleja el compromiso del SIN con la eficiencia administrativa y el acompañamiento a los contribuyentes en los procesos de digitalización tributaria.

La extensión permite a los Sujetos Pasivos del IVA cumplir de forma ordenada con la homologación de productos y mantener la validez de sus sistemas de facturación dentro del marco normativo vigente.

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Escrito por: Catalina Bonnet

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