Mantenerse actualizado e informado en lo que respecta al régimen tributario, ayudará a los contribuyentes peruanos a estar siempre en regla, evitar infracciones por desconocimiento y aprovechar los beneficios que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ofrece.
Es por ello que, en el día de hoy, queremos aprovechar este artículo para explicar de manera bastante sencilla un tema que a muchos contribuyentes peruanos un tema muy importante: qué es el Sistema de Detracciones y para qué sirve.
Puntualmente, es un método que las autoridades han instaurado para hacer más fácil el pago de impuestos a algunos bienes y servicios específicos. Según se explica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, el funcionamiento es el siguiente:
“El comprador deposita un porcentaje del precio total del bien o servicio en la cuenta bancaria de detracciones de la empresa a la que le compró y el saldo se lo entrega de la manera que convengan. Este porcentaje es la detracción y solo podrá ser usada por la empresa para pagar sus obligaciones tributarias”.
Lógicamente, puede surgir la duda de a qué operaciones puede aplicarse la Detracción. Nuevamente, tomaremos la palabra del mismo sitio:
- “La venta de bienes muebles e inmuebles, prestación de servicios o contratos de construcción gravados con el IGV y/o ISC cuyo ingreso constituya renta de tercera categoría para efecto del impuesto a la renta.
- Todas las modalidades de retiros considerados como venta, a las que se refiere la Ley de IGV en su artículo 3 inciso a).
- Transporte de bienes desde el local de producción o de cualquier región con beneficios tributarios hacia otros lugares del país, siempre y cuando esto no esté relacionado con una venta gravada con IGV.
- Traslado realizado por empresas que emiten sus comprobantes fuera de sus establecimientos (emisor itinerante)”.
En esta entrega procuramos llevar algo de claridad respecto a estos dos ítems tratados: qué es el Sistema de Detracciones y qué operaciones contempla. En un nuevo artículo te explicaremos qué pueden pagar las empresas con este mecanismo. ¡No te lo pierdas!
Por Pablo Ortiz.