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El tema del sistema impositivo y sus múltiples normas y aspectos nos apasiona, y es por ello que en varias de nuestras notas lo tratamos y pormenorizamos sus detalles más complicados, para que, de manera sencilla, puedas estas siempre al día con la información y manejarte sin problemas.
En esta ocasión queremos hablar de una categoría de tributación pensada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) -la entidad encargada de regular este tipo de sistema, tal como te contamos en otra nota– para disminuir la informalidad de la economía colombiana.
Puntualmente, esta categoría es el Régimen Simplificado de Tributación, que, como anticipamos, tiene el objetivo de reducir la informalidad, lo que beneficia al Estado, pero también al mismo comerciante, ya que puede acogerse a la legalidad y aumentar la competitividad de su actividad.
¿Quiénes pueden inscribirse bajo este sistema? La propia DIAN lo explica en su website:
- “Personas naturales que desarrollen empresa incluyendo profesionales liberales, o personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
- Que en el año gravable anterior hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT. Las particularidades del cálculo de este valor lo encuentran en el artículo 905 del Estatuto Tributario.
- Que cumplan las obligaciones tributarias de carácter nacional y local”.
Como mencionamos con anterioridad, todo este régimen está orientado a los comerciantes más pequeños, aquellos que suelen estar más propensos a trabajar en la informalidad, y los requisitos van en línea con ello. ¡GuruSoft te mantiene siempre informado!
Escrito por Pablo Ortiz.