Se extiende plazo para el grupo # 3 de obligados a facturar electrónicamente en Bolivia

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió una nueva resolución, en la que aplaza el inicio de emisión obligatoria de facturas electrónicas, a un grupo de contribuyentes en Bolivia.

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Es un hecho de que la digitalización en Bolivia va viento en popa, puesto que cada vez son más los usuarios que están migrando hacia soluciones más tecnológicas que análogas, llevando a cada uno de ellos a la llamada sociedad 5.0, la cual tiene mayor acceso a herramientas de este tipo.

Una de las innovaciones que está creciendo a pasos agigantados entre los negocios bolivianos es la de la facturación electrónica en línea, la cual se trata básicamente de la evolución de una facturación tradicional a una digital, la cual, entre otras cosas, conlleva:

  • Ahorro de gastos en papel.
  • Ayuda al medioambiente.
  • Disminución de uso de equipos mobiliarios para resguardar información.
  • Seguridad de la información en la nube.
  • Automatización de los procesos a gran escala.

 

En notas anteriores te comentamos acerca del primer y segundo grupo del país que fue obligado a emitir documentos tributarios bajo esta modalidad. Y cerrando casi el segundo semestre del 2022, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), institución tributaria boliviana, emitió la Resolución N.º 1022-10, en la que claramente se definía el tercer grupo que debía comenzar a utilizar alguna modalidad de Facturación en Línea.

Dicho grupo, se constituía de 3.897 contribuyentes, los cuales tenían como fecha límite 1 de octubre del 2022 para iniciar con esta nueva etapa, sin embargo, recientemente, la institución fiscal publicó la Resolución Normativa de Directorio N.º 1022-20, titulada “Transitoriedad en la implementación de modalidades de facturación en línea – tercer grupo de contribuyentes”, dando nuevas disposiciones.

El principal tema de dicho documento es la extensión de obligatoriedad de “emitir Documentos Fiscales a través de la modalidad de facturación en línea asignada y/o la modalidad de facturación Computarizada SFV o manual utilizada con anterioridad, hasta el 30 de noviembre de 2022”.

Para Wendy Andrade, COO de GuruSoft, uno de los principales proveedores autorizados por el SIN para implementar esta tecnología: “la facturación electrónica en línea ha crecido en gran manera en Bolivia, demostrando no solo una gestión eficiente de las autoridades tributarias, sino una adaptación bastante ágil del contribuyente, que ve en dicha tecnología una oportunidad para hacer crecer su negocio y llevarlo a un nuevo nivel de eficiencia, eficacia y rentabilidad”.

La Resolución puntualiza que desde el 1 de diciembre de 2022 los contribuyentes del tercer grupo, tendrán que emitir sus documentos única y exclusivamente a través de la modalidad de facturación en línea asignada.

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Escrito por Alex Morán Navia.

 

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