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A lo largo de los últimos años la digitalización se ha convertido en parte importante del todos, y no hay duda de ello, pero hoy queremos enfocarnos en el contribuyente, aquella persona que cuenta con una identificación tributaria y que aporta con sus impuestos. La tecnología ha hecho que los mismos se vean beneficiados por mejores procesos y agilización de solicitudes de forma virtual, las cuales antes conllevaban largas filas. Ahora con un solo clic ya se pueden presentar documentos y solicitudes.
A todo esto, sin embargo, es importante que exista una actualización constante de todos aquellos procedimientos que se realizan con el ente tributario, para efectos de cumplir con todos los plazos previstos y saber también, claro está, el paso a paso con el que se realiza cada gestión.
En el caso de Paraguay, cuenta con un servicio web conocido como Marangatu. Este sistema de información de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), que es la institución gubernamental encargada del ámbito tributario, aporta en las actividades tributarias tanto de colaboradores como de contribuyentes. Incluso en nuestras notas anteriores te mencionábamos acerca del registro de comprobantes y cómo imprimir constancias de RUC en dicha plataforma.
En esta oportunidad, te contamos sobre la Resolución General N° 117/2022, emitida por la SET y que tiene como objetivo la ampliación de la lista de contribuyentes obligados a registrar los comprobantes tanto de venta y compras, como de ingresos y egresos en Marangatu, tal cual como se describe en el sitio web de la entidad.
Para conocer lo dispuesto por la ley citamos textualmente lo comunicado:
“En este sentido se ha definido incorporar la obligación del mencionado registro a los organismos de la administración central, las entidades descentralizadas, empresas públicas y de economía mixta, y las demás entidades del sector público, incluidas las Gobernaciones, Binacionales y Municipalidades que no se encuentran obligadas al Impuesto al Valor Agregado, quienes deberán registrar en forma individualizada cada comprobante recibido relacionado a sus compras y/o egresos, desde el periodo fiscal enero/2022 y en adelante a través del Sistema «Marangatu», utilizando su Clave de Acceso Confidencial de Usuario. Los registros realizados por parte de estos deberán indicar la opción “No imputar” para cada comprobante de compras y/o egresos. De contar con comprobantes electrónicos y virtuales emitidos a los sujetos obligados, no deberán realizar la imputación”.
Otro punto para tener presente es que, en caso de ser un organismo descrito anteriormente y que tenga obligaciones del IVA, de acuerdo con el ente regulador, este deberá registrar sus ventas y sus compras según dispone las siguientes resoluciones:
- Resolución General N° 90/2021.
- Resolución General N° 104/2021.
Tenga presente la siguiente información de los tiempos y personas obligadas a registrar los comprobantes en Marangatu:
Tabla: SET
Si quieres conocer a detalle esta Resolución da clic aquí.
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Escrito por: Natalia Gutiérrez V.