¿Cómo presentar la Declaración RESIMPLE?

¿Cómo presentar la Declaración RESIMPLE?

Tiempo de lectura: 4 minutos 1f4d623f1

Gracias a la tecnología, son cada vez más trámites que se pueden realizar de manera virtual, como sucede con la presentación de la Declaración RESIMPLE (Régimen Simplificado para Pequeñas Empresas) en Paraguay, que se puede efectuar a través del portal de Marangatú, completando el Formulario N° 502 IRE RESIMPLE. Es importante resaltar que esta categoría tributaria está diseñada para los contribuyentes con empresas unipersonales.

En ese sentido, para aprovechar esta simplificación que nos da la digitalización, en esta oportunidad te traemos el paso a paso, tomado de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), para realizar la mencionada declaración de una manera sencilla. Para iniciar, tan sólo necesitarás el usuario y la contraseña de acceso al sistema.

  1. Después de ingresar al portal de Marangatú, dirígete al menú y selecciona “Declaración IRE RESIMPLE y Pago”, para posteriormente hacer clic en “Presentar Declaración IRE RESIMPLE”.
 
  1. Una vez hecho esto, el sistema abrirá la obligación N° 702, el período y el N° de formulario 502, que muestra datos automáticamente. Para completarlo, se debe seleccionar el año a declarar y, posteriormente, clicear en “Abrir Declaración”.
 
  1. Seguidamente, aparecerá en pantalla el Formulario N°502 V1 del IRE RESIMPLE, con las opciones de completar los distintos rubros, los cuales especifica la misma SET:
 
  • “(…) El Rubro 1 teniendo en cuenta sus ingresos brutos anuales, que es la sumatoria de los montos de todas las Boletas RESIMPLE emitidas en el año que se declara.
 
  • El Rubro 2 el sistema calculará automáticamente las cuotas del impuesto a pagar y las fechas de vencimiento de estas, de manera trimestral. Estas cuotas se pueden abonar a través de las distintas entidades recaudadoras que cuentan con convenio con la SET, con su número de RUC + DV (Dígito Verificador) y el código de obligación N° 702.
 
  • Importante: Según lo establecido en los Art. 27 – Ley N°6380/19; Art. 80 – Decreto N°3182/19; Art. 2 – R.G N°38/2020 y Art. 12 y 13 – R.G N°61/2020 se determinan las cuotas fijas a pagar en el Rubro 2 del formulario.
 
  • El Rubro 3 se utiliza en caso de presentar la declaración jurada en carácter de clausura debido a la baja de la obligación o por la cancelación del RUC. En este caso el Sistema generará un monto único a pagar que automáticamente se expondrá con su fecha de vencimiento”.
 
  • Por último, tras revisar cuidadosamente la información ingresada, se deberá seleccionar la opción “Presentar Declaración” para ingresar el formulario en el sistema.
 

Estos pequeños pasos, que podrás realizar en poco tiempo, te permitirán estar al día con tus obligaciones tributarias. Si surge cualquier otra novedad impositiva en Paraguay, te lo haremos saber. Recuerda seguirnos en redes sociales, ¡hasta la próxima nota!

Escrito por Natalia Gutiérrez V.

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