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La Facturación Electrónica en Panamá sigue un camino de desarrollo y crecimiento desde que las autoridades de la Dirección General de Ingresos (DGI), ente tributario del país, decidieron implementar este sistema para obtener todos los beneficios que ofrece y que se han evidenciado en las naciones de la región.
Luego de establecer un período de prueba conocido como Plan Piloto, en el que se pudo observar el funcionamiento y los resultados de esta herramienta en un grupo reducido de empresas, Panamá dio paso a la adhesión voluntaria de los contribuyentes a este sistema.
Tras este período, se fueron conociendo los primeros obligados a facturar electrónicamente. A esto te lo comunicamos oportunamente en una de nuestras notas anteriores, cuando te comentábamos que “desde el 1 de enero de 2022 todos los nuevos inscritos al Registro Único de Contribuyente (RUC) deberán utilizar Facturación Electrónica si su facturación anual es igual o mayor a un millón de balboas”.
La siguiente gran novedad que se conoció en este sentido fue que, desde el 30 de julio del 2022, todas las empresas o comercios que sean proveedores del Estado deben tener a la Facturación Electrónica como su sistema de emisión de comprobantes. Cabe destacar que esta medida tiene algunas excepciones, tal como advierte la DGI en la correspondiente circular.
De esta manera, el país continúa avanzando firme hacia la obligatoriedad de esta plataforma, algo que ha sucedido en todos los países que decidieron tomar a la Facturación Electrónica para su modelo tributario y que se da por descontado que pronto será la norma para todos los contribuyentes panameños.
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Escrito por Pablo Ortiz.