La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) creó este sistema para la recaudación de impuestos. Se trata de un descuento anticipado al momento de pagar una factura a un proveedor por un producto o servicio. De esta manera garantiza a SUNAT el pago de impuestos en sectores con alto grado de evasión tributaria como son las azucareras, la pesca, la agricultura, los servicios, entre otros por ejemplo en el caso de servicios, a partir de abril 2018, según disposición SUNAT, la tasa se incrementó de 10% a 12%.
¿Quién paga las Detracciones?
• El usuario del servicio
• El prestador del servicio, cuando reciba la totalidad del importe de la operación, quiere decir que cuando el proveedor haga el abono por la totalidad del bien o servicio sin descontar el 12%.
¿Cuál es el porcentaje de detracción?
• Para intermediación laboral y tercerización es del 12%.
• Para arrendamiento de bienes es de 10%.
• Mantenimiento y reparación de bienes es de 12%.
• Movimiento de carga es de 10%.
• Otros servicios empresariales, es de 12%.
• Comisión mercantil, 10%.
• Fabricación de bienes por encargo, 10%.
• Servicio de transporte de personas, 10%.
• Contratos de construcción, 4%.
• Demás servicios gravados con IGV, 12%.
¿Cómo se hace una detracción?
• El proveedor brinda servicios gravando el IGV Ejemplo: Servicios logísticos 12%.
• El comprador deberá pagar a la cuenta del proveedor el 88% del importe de su factura y el 12% debe ser depositado en la cuenta de detracciones que previamente el proveedor debió de aperturar en el banco de la nación, hay 2 formas de hacer este pago de detracción:
o En la Ventanilla del banco
o Online, para lo cual se debe de tener un convenio de afiliación
Detracciones | |
Valor del servicio o producto IGV 18% Precio de Venta Detracción 12% Saldo a Pagar a Proveedor | S/ 5000 S/ 900 S/ 5900 S/ 708 S/ 5192 |
¿Cuándo se pagan las detracciones?
Hasta la fecha de pago al proveedor, o, dentro del 5to día hábil del mes siguiente. Lo que ocurra primero.
¿Cuándo no aplica detracción?
Las detracciones no se aplicarán en los siguientes casos:
• El importe de la operación sea igual o menor de S/ 700 (setecientos y 00/100 Nuevos Soles)
• Se emita comprobante de pago que no permite sustentar crédito fiscal quiere decir que se haya acogido a un beneficio tributario.
• Para las operaciones relacionadas al inciso 6.1 del numeral 6 del articulo 4º del reglamento de comprobantes de pago electrónico tales como AFP, Inspección técnica vehicular, transporte ferroviario, entre otras
• El usuario del servicio o quien encargue la construcción tenga la condición de no domiciliado.
¿A qué sanciones me enfrento si no pago las detracciones?
Económicamente con el 50% del importe no depositado, y también, se incurrirá en las siguientes infracciones:
• Imposibilidad de utilizar el crédito fiscal
• Decomiso de productos
• Decomiso de vehículos
Fuente: SUNAT.gob.pe / rpp.pe
Cecilia Sánchez
Gurusoft Perú